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Jóvenes entre 14 y 18 años podrán conformar unión libre sin permiso de sus padres

La Sala Civil de la Corte Suprema, con ponencia del magistrado Luis Armando Tolosa, declaró que los jóvenes entre los 14 y 18 años, no necesitan permiso de sus padres para entablar una unión libre. Según el alto tribunal, esto solo será requisito, según el Código Civil, para el caso del matrimonio, donde necesitarán la autorización de los mayores a su cargo.


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La decisión se dio por el caso de un hombre y una mujer que iniciaron una relación sentimental cuando él tenía 14 años y ella era mayor de edad. La pareja convivió entre 2007 y 2012, cuando la mujer falleció, habiendo resultado un hijo de esa unión. La Sala Civil dijo que el Congreso había puesto como requisito específicamente el permiso de los padres para el caso de los matrimonios, pero no para la unión libre. Según la Corte, los artículos 118 y 140 del Código Civil establecen que los menores de edad “no pueden contraer matrimonio sin el permiso expreso, por escrito, de sus padres”.


En el caso particular, la Sala declaró válida la unión libre y sociedad patrimonial entre el entonces menor de edad y su pareja mayor de edad. “Queda claro que el permiso o autorización para el matrimonio no es un requisito de existencia o validez. El consentimiento, en cambio, sí. Según sea el caso, tiene lugar ante su ausencia absoluta o cuando existiendo se encuentra afectado o viciado”, dijo la Corte.


Igualmente, el alto tribunal manifestó que, ”la capacidad de obligarse y de asumir responsabilidad por quien se casa o inicia una unión marital desde los 14 años deviene razonable por virtud de la progresividad de las facultades morfológicas, físicas, psíquicas y de discernimiento de los adolescentes; por causa del aprendizaje dinámico y del crecimiento descubrimiento del mundo, como menores adultos, para unir directamente el ejercicio de derechos y deberes con relación a la formación de una familia”.


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